Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor mediador, que previo el gratitud de mi personería para desempeñarse como comisionado de la parte demandante. https://rotatesites.com/story21324990/examine-este-informe-sobre-demanda-laboral-por-falta-de-pago-ejemplo